Este es un blog académico del grupo Auxiliar Administrativo En Salud Segundo semestre de la institución intenalco educación superior

miércoles, 9 de septiembre de 2015

ENSAYO LEY 1164

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA

ENSAYO- LEY 1164 DE 2007


DIANA GONZALES
ISABEL PARADA
ANGELICA PELAEZ
WESTERLING QUINTERO
YULI RODRIGUEZ
ANDRES ZUÑIGA


Trabajo presentado para adquirir conocimientos sobre los
LEY 1164 DE 2007

TABLA DE CONTENIDO

DOCENTE
Juan Carlos Cruz




INTENALCO EDUCACION SUPERIOR
AUXILIAR ADMINISTRATIVO EN SALUD
CALI, VALLE
2015


INTRODUCCION


                                                                                                                         
Artículo 1°. Del objeto. La presente ley tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas con los procesos de planeación, formación, vigilancia y control del ejercicio, desempeño y ética del Talento Humano del área de la salud mediante la articulación de los diferentes actores que intervienen en estos procesos.

Por Talento Humano en Salud se entiende todo el personal que interviene en la promoción, educación, información de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad de todos los habitantes del territorio nacional dentro de la estructura organizacional de la prestación de los servicios de salud.





PUNTO DE VISTA

Lazos afectivos, cultura ética, reserva con los  fármacos, aprendices, aplicación de ética
La Ley 1164 que regulará el recurso humano en salud, fue iniciativa del Congreso con el apoyo de algunos gremios de la salud, situación que llamó la atención de varios analistas puesto que fue el gobierno nacional el que durante 6 años hizo las investigaciones y estudios que la soportaban -lo cual ponía el tema en su esfera directa de intereses-, pero de un momento a otro apareció como preocupación del Congreso.

Dicho viraje en el origen de la iniciativa, que incluyó a sectores de trabajadores de la salud interesados en un “empresarismo médico” y que terciaron a favor del proyecto, se relaciona con el estudio paralelo de la reforma a la Ley 100 y que terminó como la Ley 1122, ésta sí de iniciativa gubernamental.

Esto lleva a pensar al doctor Carlos Giraldo, presidente de Asmedas en Antioquia, que la ley de talento humano funcionó como una especie de 'pago' entregado por el gobierno nacional a los gremios, a cambio de evitar posibles críticas y oposiciones frente a la reforma a la Ley 100: “La mayor contradicción de esta ley, es que se podría encontrar ingenuamente que tiene cosas interesantes luego de las transformaciones que tuvo en los debates, pero la verdad es que las pusieron allí porque no significaba riesgo en términos del desarrollo del sistema actual de seguridad social, incluir asuntos éticos o del desempeño profesional, y pierde su trascendencia ante el carácter avasallante de los factores financieros alrededor del sistema”. Para el doctor Giraldo, la ley afecta el desempeño de los profesionales, al poner en duda su idoneidad pese a la existencia de un título expedido por una universidad y obligarlos a estar demostrando en términos burocráticos su capacidad a través de la recertificación, lo que genera una limitación real para el ejercicio profesional, y que podría conducir incluso, a la cesación del ejercicio.

A esto se suma el manto de duda que se siembra sobre el sistema de educación superior, por cuanto la ley iguala a los colegios de profesionales con las universidades, al entregarles la condición de recertificadores: “No se entiende cuándo los colegios adquieren la misma condición de las universidades, y con una advertencia: se supone que la universidad tiene valor moral y autonomía para velar por la mejor formación posible, cosa que no se puede suponer o que es incierta respecto de colegios que incluso apenas se van a constituir”.

El presidente de Asmedas en Antioquia señaló cómo la esperanza que tenían algunos trabajadores de la salud frente a la promesa de que la ley cambiaría algunas de sus condiciones laborales con el establecimiento de tarifas mínimas, se vio defraudada al dar la vuelta el concepto y terminar ligadas al valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), situación igual a la actual: “Estar atados a la UPC es seguir ayudando a financiar el sistema de cuenta del trabajo y de los salarios de los profesionales. 

Y desde el punto de vista gremial, la ley no fue un factor de cohesión sino de escisión, porque quedamos con unos sectores de trabajadores que defienden la ley y que incluso piensan que es un logro para los trabajadores, mientras otros pensamos que son más cortapisas para el ejercicio”.

 



 ORGANISMOS DE APOYO



FORMACIÓN DEL TALENTO HUMANO
·         Pertinencia  y Competencia
·         Calidad de los programas, Calidad de los escenarios de práctica, (Hospital Universitario), Calidad de los egresados
·         Cantidad de los Programas
EJERCICIO DE LAS PROFESIONES  Y OCUPACIONES

·         Ejercicio del las profesiones y Las    ocupaciones

·     Ejercicios de la Medicina y  terapias   alternativas y complementarias y medicinas tradicionales

·         Certificación y Recertificación.

·         Registro Único Nacional.  Identificación.

·         Prohibición de mas requisitos.

·         Ejercicio ilegal de la profesión.


DESEMPEÑO
·         Fundamentos del desempeño
Acto propio, autonomía profesional,  tarifas para las prestaciones, desempeño  de la función médica.
·         Estímulos e incentivos
Definir programas, becas-crédito,  investigación y productividad         
·         Servicio Social
Creación, ente responsable,  vinculación laboral, incentivos

ÉTICA Y BIOÉTICA
·         Valores
Humanidad, Dignidad, Responsabilidad, prudencia y secreto
·         Derechos
Objeción de conciencia, protección laboral, derecho al buen nombre, compromiso ético, ejercicio competente

·         Deberes

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